San Andrés de Giles · Plan de Ordenamiento Territorial

Convenios urbanísticos
2008–2026

Qué parte del mayor valor que crea la norma volvió al pueblo, en qué forma, dónde está y qué quedó inscripto. Cada convenio cotejado con el texto de su ordenanza y con el catastro ARBA de septiembre de 2026.

Arq. Juan Patricio Addesso
Mat. CAPBA 020811
revisión 22-10-2026
I

Cifras

Agregados de los convenios homologados por ordenanza. Las superficies y las parcelas salen de los considerandos de cada norma.

Convenios homologados por añoCantidad de ordenanzas por año de sanción, según tipo de convenio
Fuente: Digesto H.C.D. San Andrés de Giles.
Qué parte de cada loteo vuelve al MunicipioParcelas que recibe el Municipio como compensación sobre parcelas del proyecto, convenios de incorporación de suelo (tipo A)
Fuente: texto sancionado de cada ordenanza. Sólo convenios que informan ambas cifras.
Qué quedó inscriptoEstado catastral en ARBA (septiembre 2026) de la subdivisión o la transferencia convenida
Fuente: parcelario ARBA 09-2026, cotejado parcela por parcela.
II

Verificación

Para cada ordenanza: si la subdivisión o la transferencia pactada figura hoy en el catastro provincial, y qué dice el registro de titulares. Clic en una fila para verla en el plano.

Ord.SanciónPartesLocalidadTipoCatastro ARBAObservación
III

Datos

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IV

Método

Cómo se armó la base, qué se verificó y qué no.

Universo. Se leyeron las ordenanzas del Digesto del H.C.D. sancionadas desde 2008 y se separaron las que homologan o autorizan convenios con privados sobre suelo: incorporación de suelo con compensación en lotes o tierra, permutas, compensaciones en obra, regularizaciones dominiales y excepciones de uso. Se sumaron los convenios firmados, en trámite o proyectados que figuran en el registro «Gestión de suelo 2009-2026» de la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares y en los archivos municipales.

Cifras. Superficies, parcelas, parcelas al Municipio y cuadras se tomaron del texto sancionado y se cotejaron una por una con el registro de la Dirección. Donde no coinciden, manda la ordenanza y la diferencia queda anotada en el seguimiento.

Compensación, no donación. Las parcelas, el suelo y las obras que quedan en dominio municipal no son donaciones de los propietarios. Son la contraprestación por el mayor valor que el Municipio, es decir el pueblo entero, otorga a ese suelo al cambiar su zona, sus indicadores o su uso: renta diferencial que vuelve a la comunidad que la produjo (Ley 14.449, art. 46 y siguientes). Que una ordenanza diga «donación» o «cesión gratuita» describe la forma jurídica con que se escritura la transferencia, no su naturaleza. La palabra cesión queda para las cesiones obligatorias del Decreto-Ley 8912/77, que son una carga de todo loteo, haya o no convenio.

Plano. Cada nomenclatura se buscó en el parcelario ARBA de septiembre de 2026 y, como respaldo, en el parcelario del Visor COU. Cuando la parcela de origen ya fue subdividida se dibujan las parcelas resultantes. Fuera del casco urbano el dibujo de ARBA está trasladado entre 20 y 70 m respecto de la imagen satelital y del parcelario del Visor COU; cada parcela se trasladó según el corrimiento medido en sus vecinas, sin alterar su forma ni su superficie.

Exacta
La parcela citada en la ordenanza existe y se dibuja tal cual.
Aproximada
Se dibujan las manzanas o parcelas resultantes de la subdivisión, o un conjunto mayor que la contiene.
Inferida
La nomenclatura no figura; se ubica por superficie, titular, calles o antecedentes. Línea punteada en el plano.

Verificación catastral. Para cada convenio se revisó si la subdivisión o la transferencia pactada figura en ARBA y a nombre de quién. Los titulares sólo se nombran cuando son parte del convenio, porque así aparecen en la ordenanza publicada. No se revisaron escrituras, planos de mensura en trámite ni obras.

Advertencias

    Marco normativo

    AñoNormaContenido

    Fuentes